¿se puede denunciar una negligencia médica?

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¿se puede denunciar una negligencia médica? «of course» que dirían los ingleses, claro que se puede denunciar y en mi opinion debería hacerse, pero claro previamente asesorado por el correspondiente gabinete jurídico.

La vida en general se suma con decisiones a tomar y esta desgraciadamente es una de ellas.

Es importante tener claro que, tras la denuncia, se extiende un camino largo y difícil. Esto no tiene por qué ser disuasorio. Olatz Alberdi, socia de ABA Abogadas, y especialista en Derecho Penal, explica cuál sería, a su parecer, la estrategia de actuación.

El primer paso

Hay que empezar por «acudir a un letrado que nos asesore para obtener las pruebas necesarias, ya que si no se obtienen en el momento, luego puede dificultarse el acceso a las mismas». Después, podríamos «intentar llegar a un acuerdo con el profesional de la salud, a fin de evitar un proceso judicial costoso y largo. Los médicos suelen contar con un seguro de responsabilidad civil». No obstante, sobre este punto, desde la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ consideran que las compañías de seguros de los Servicios de Salud, «actúan con criterios mercantilistas y nunca van a proponer acuerdos aceptables a las víctimas y perjudicados de negligencias médicas». De no llegar o no querer un acuerdo, se acudiría a los tribunales, concluye Alberdi
En el caso de la sanidad pública, la reclamación se dirige contra la Administración, «por lo que tendremos que acudir a la vía administrativa y, posteriormente, al juzgado contencioso-administrativo. En la sanidad privada, el procedimiento será civil.»
Si se desestima la demanda, en la administración pública un juez decidirá si el demandante debe o no pagar las costas. Por vía civil, este es condenado automáticamente a costas. La abogada Olatz Alberdi añade que «si se desiste cuando te indemnizan fuera del procedimiento judicial y se retira la demanda, no debería haber costas. Contrariamente, si se desiste por voluntad propia y sin justificación, se impondrán».

¿Existe desamparo?

Ante una intervención o tratamiento, el personal médico hace firmar un «consentimiento informado», en el que el paciente acepta los riesgos que conlleva. Firmar este documento, según Alberdi, «no impide reclamar si se causa un daño. El profesional está obligado a informar y acreditar que lo ha hecho. Si el paciente no lo acepta, el profesional debe hacerle firmar una negativa al tratamiento. La jurisprudencia del Tribunal Supremo considera que la falta de consentimiento informado pone de manifiesto un funcionamiento anormal del servicio sanitario».

Aumenta el número de denuncias

Según la memoria de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, en 2016 recibieron 14.802 casos, 841 con resultado de muerte. Se trata de presuntas negligencias que esperan una resolución judicial. Una cifra que aumenta cada año fruto, según la asociación, de los recortes sanitarios. Si nos fijamos en uno de los ejemplos del informe: «en España el número de camas hospitalarias disminuyó un 5% en la última década, pese a que la frecuentación hospitalaria aumentó». Los servicios más denunciados en 2016 fueron las listas de espera, la cirugía general, urgencias y traumatología.

El ‘wronful birth’

La falta de información prenatal también es motivo de negligencia. Los padres de un niño que nace con problemas genéticos graves pueden ser indemnizados si no se les informó de los riesgos de dicho nacimiento, sin tener la posibilidad de decidir en consecuencia.

Fuente:www.lecturas.es

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